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¿Puede un despido fundarse en conversaciones de WhatsApp del trabajador?

¿Puede un despido fundarse en conversaciones de WhatsApp del trabajador?

ALERTA LEGAL:

Cuarta Notaría de Temuco debe pagar más de 30 millones de pesos en indemnizaciones y recargos a trabajadora despedida luego de revisar sus conversaciones de WhatsApp.

El día de ayer la Corte Suprema rechazó el recurso interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Temuco que hizo lugar a una demanda de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido.

La demandante refiere que, al momento de su desvinculación, la acusaron de mantener una conversación vía WhatsApp web desde un computador de la oficina entregando información sensible del trabajo. Se le comunicó que su despido obedeció a las causales de falta de probidad, injurias, e incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

Lo anterior es calificado por la actora como una vulneración a su derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, estimando como injustificada la causal de despido; por lo tanto, solicita el pago de las indemnizaciones y recargos legales, así como una reparación a título de daño moral.

El tribunal de primera instancia acogió la acción por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, y condenó a la demandada al pago total de $34.365.599.- por las indemnizaciones y recargos legales correspondientes, desestimando la solicitud de reparación por daño moral; decisión que fue confirmada por la Corte de Temuco al rechazar el recurso de nulidad. 

Para más información contáctanos a fgonzalez@cuevasabogados.cl o jolbrich@cuevasabogados.cl

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