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Primer Balance sobre la Implementación de la Ley Karin

Primer Balance sobre la Implementación de la Ley Karin

Primer Balance sobre la Implementación de la Ley Karin

El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, junto con la Dirección del Trabajo (DT) y la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), presentó el primer balance de la implementación de la Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin, normativa vigente desde el 1 de agosto de 2024. Esta ley tiene como objetivo prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, destacando un fuerte enfoque preventivo.

Principales Resultados:

  1. Prevención y Asistencia Psicológica Temprana (APT):
    • Durante agosto, se realizaron 1.852 atenciones psicológicas a trabajadores afectados.
    • El 80,6% de las atenciones correspondieron a casos de acoso laboral; 13,2% a violencia en el trabajo; y 6,2% a acoso sexual.
  2. Denuncias:
    • En el primer mes de implementación, se registraron 4.820 denuncias: 3.844 en el sector privado y 976 en el sector público.
    • En el sector privado, el 68% de las denuncias fueron realizadas por mujeres, y en el sector público esta cifra alcanzó el 77%.
    • Las principales denuncias se concentraron en la Región Metropolitana (29% en el sector privado y 34,6% en el sector público).
  3. Capacitación y Difusión:
    • Más de 102.000 actividades de asistencia técnica, elaboración de protocolos, capacitaciones y difusión han sido realizadas por mutualidades y organismos públicos.
    • Más de 50.700 personas, incluyendo 28.859 funcionarios estatales, han recibido formación para erradicar la violencia y el acoso laboral.

Responsabilidades de los Empleadores:

  • Implementar protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo y difundirlos entre los trabajadores.
  • Gestionar riesgos y diseñar medidas preventivas específicas para proteger a los trabajadores.
  • Ofrecer Atención Psicológica Temprana a los trabajadores afectados.
  • Establecer el procedimiento de investigación y sanción exigido y aplicarlo de acuerdo a la ley y normativa aplicable.

Recomendaciones:

  • Capacitación: Fromar a equipos de trabajo sobre prevención de acoso y violencia laboral.
  • Protocolos Actualizados: Garantizar la implementación y difusión de protocolos preventivos.
  • Monitoreo y Evaluación: Realizar seguimiento constante para detectar riesgos y mejorar las medidas preventivas.

Contáctanos para mayor información.

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